¿Qué es y cómo funciona la clave numérica en la Factura Electrónica de Costa Rica?

Te invitamos a consultar nuestro artículo "17 definiciones que te ayudan a comprender la Facturación Electrónica" en esta serie sobre Facturación Electrónica en Costa Rica para comprender a fondo todos los términos en el artículo.

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¿Qué es la clave numérica?

Según la Resolución Nº DGT-R-48-2016 emitida por el Ministerio de Hacienda de Costa Rica en 2016, la clave numérica es un conjunto de cincuenta dígitos, los cuales deben ser generados por el sistema de comprobantes electrónicos del obligado tributario de forma automática y consecutiva, con las medidas de seguridad que garanticen la inalterabilidad, legitimidad, integridad de la misma.

Esta clave es única para cada documento electrónico y se encuentra compuesta de la siguiente manera:

  • Los primeros tres dígitos corresponden al código del país (506).
  • Del cuarto al quinto dígito, corresponde al día en que se genere el comprobante electrónico.
  • Del sexto al séptimo dígito, corresponde al mes en que se genere el comprobante electrónico.
  • Del octavo al noveno dígito, corresponde al año en que se genere el comprobante electrónico.
  • Del décimo al vigésimo primero dígito, corresponde al número de cédula del emisor.
  • Del vigésimo segundo al cuadragésimo primero dígito, corresponde a la numeración
    consecutiva del comprobante electrónico.
  • El cuadragésimo segundo le corresponde a la situación del comprobante electrónico para el
    cual se debe de utilizar la siguiente codificación:
CódigoSituación del comprobante electrónicoDescripción
1NormalComprobantes electrónicos que son generados y transmitidos en el mismo acto de compra-venta y prestación del servicio al sistema de validación de comprobantes electrónicos de la Dirección General de Tributación de Costa Rica.
2ContingenciaComprobantes electrónicos que sustituyen al comprobante físico emitido por [contingencia](https://blog.hulipractice.com/17-definiciones-que-te-ayudan-a-comprender-la-facturacion-electronica-en-costa-rica).
3Sin internetComprobantes que han sido generados y expresados en formato electrónico, pero no se cuenta con el respectivo acceso a internet para el envío inmediato de los mismos a la Dirección General de Tributación de Costa Rica.

Aun cuando el obligado tributario no se encuentre obligado por normativa a enviar los archivos XML a la Administración Tributaria de Costa Rica para su respectiva validación, debe de hacer uso de esta codificación para la "situación del comprobante electrónico".

  • Del cuadragésimo tercero al quincuagésimo dígito, corresponde al código de seguridad generado por el sistema del obligado tributario.

El formato de la clave de acceso debe de visualizarse de la siguiente manera:

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