¿Cómo se deben almacenar y conservar las Facturas Electrónicas en Costa Rica?
Según la Resolución Nº DGT-R-48-2016 emitida por el Ministerio de Hacienda de Costa Rica, las facturas electrónicas deben ser almacenadas y conservadas según los siguientes lineamientos.
Informate con un experto de HuliPractice sobre la implementación de la Factura Electrónica para proveedores de salud en Costa Rica.
Plazo de almacenamiento
El envío de los archivos XML a la Dirección General de Tributación en Costa Rica para su respectiva validación no exime a los obligados tributarios de la obligación de almacenar y conservar en soporte electrónico, todos aquellos comprobantes electrónicos generados, enviados y recibidos, así como los documentos asociados, los cuales deben de ser almacenados por un plazo de cinco años.
Asimismo, se debe garantizar la inalterabilidad, privacidad, legibilidad, accesibilidad, preservación, confidencialidad, autenticidad, integridad y consulta posterior de la información de los archivos XML.
Sobre las áreas físicas
Las áreas físicas donde se almacene la información de los comprobantes electrónicos deben contar con los controles para evitar riesgos, daños, pérdida, destrucción, alteración, sustracción o divulgación, así como contar con planes de evaluación, que permitan valorar la eficiencia de los controles asociados al almacenamiento de la información.
Informate con un experto de HuliPractice sobre la implementación de la Factura Electrónica para proveedores de salud en Costa Rica.
Puedes leer más sobre Factura Electrónica en Costa Rica en nuestra serie de artículos.
¡Comparte este artículo con todos tus colegas!